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Discurso del papa Francisco durante el II encuentro mundial de movimientos populares en Santa Cruz de la Sierra, en Bolivia:

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Hermanas y hermanos, buenas tardes. Hace algunos meses nos reunimos en Roma y tengo presente ese primer encuentro nuestro. Durante este tiempo los he llevado en mi corazón y en mis oraciones. Y me alegra verlos de nuevo aquí, debatiendo los mejores caminos para superar las graves situaciones de injusticia que sufren los excluidos en todo el mundo. Gracias Señor Presidente Evo Morales por acompañar tan decididamente este Encuentro. Aquella vez en Roma sentí algo muy lindo: fraternidad, garra, entrega, sed de justicia. Hoy, en Santa Cruz de la Sierra, vuelvo a sentir lo mismo. Gracias por eso. También he sabido por medio del Pontificio Consejo Justicia y Paz, que preside el Cardenal Turkson, que son muchos en la Iglesia los que se sienten más cercanos a los movimientos populares. ¡Me alegra tanto! Ver la Iglesia con las puertas abiertas a todos Ustedes, que se involucre, acompañe y logre sistematizar en cada diócesis, en cada Comisión de Justicia y Paz, una colaboración real, perm

JURISDICCIÓN INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA - BOLIVIA

http://www.kas.de/wf/doc/kas_41350-1522-4-30.pdf?150518185243

LAUDATO SI, MI SIGÑORE, ENCICLICA DEL PAPA FRANCISCO

http://w2.vatican.va/content/dam/francesco/pdf/encyclicals/documents/papa-francesco_20150524_enciclica-laudato-si_sp.pdf

ARTICULO 13 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS O PACTO DE SAN JOSE

Condicionamientos previos, tales como veracidad, oportunidad o imparcialidad por parte de los Estados son incompatibles con el derecho a la libertad de expresión reconocido en los instrumentos internacionales. Principio # 7. Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión Libertad de Pensamiento y de Expresión 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. 2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar: a. el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o b. la protección de la seguridad nacional, el orden público o la s

Las agresiones cometidas en contra de los periodistas tienen precisamente el objetivo de silenciarlos, por lo que constituyen igualmente violaciones al derecho que tiene una sociedad a acceder libremente a la información

A.  Antecedentes 1. En respuesta al mandato encomendado con la creación de la Relatoría para la Libertad de Expresión, durante el año 2000 la Relatoría trabajó en la elaboración de un proyecto de Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión. 2. La idea de desarrollar una Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión nació en reconocimiento a la necesidad de otorgar un marco jurídico que regule la efectiva protección de la libertad de expresión en el hemisferio, incorporando las principales doctrinas reconocidas en diversos instrumentos internacionales. 3. Luego de un amplio debate con diversas organizaciones de la sociedad civil y en respaldo a la Relatoría para la Libertad de Expresión, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos aprobó la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión durante su 108° período ordinario de sesiones en octubre del año 2000.  Dicha declaración, constituye un documento fundamental para la interpretación del Artículo 13 de

PRINCIPIOS Y VALORES DE LOS DD.HH, VISION DECOLONIZADORA

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VALORES Y PRINCIPIOS DE LOS DERECHOS HUMANOS Elaborado por David Inca Apaza BREVE HISTORIA La hipótesis de la cual se puede deducir que los derechos humanos fueron inaugurados con la llegada de los Españoles al ABYA YALA tiene una primicial fuente la HISTORIA, donde se describe que el primer imperio del inicio de la era moderna fue España, luego Francia, Inglaterra y hoy es Estados Unidos, quienes utilizan varios principios o valores fundacionales de dominación, que paradójicamente negaron los derechos humanos de los denominados indios, quienes fueron utilizados para su propio desarrollo conformando su estilo de vida dominante, excluyente, discriminador, competitiva, codiciosa y racista; La historia nos presenta que la idea de desarrollo y progreso solo puede ser materializada en las ciudades modernas, negando los pueblos o comunidades. En las ciudades se valora lo material, lo cuantitativo, mientras que en los pueblos o comunidades se valora lo cualitativo. La ilusión de qu

BREVE HISTORIA DE LA APDHB

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ASAMBLEA PERMANENTE DE LOS DERECHOS HUMANOS DE BOLIVIA RECOPILADO POR : DAVID INCA APAZA davidinka@gmail.com El proceso que vive el país no empieza el 2000 ó 2006 como pretenden algunas personas que hacen poca memoria, este proceso del que gozamos hoy es producto de la lucha del pueblo acumulada varias décadas atrás. De igual manera podemos decir que la historia de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia no empieza y termina el 10 de diciembre de 1976, fecha que hoy conocemos como el de su fundación. Para refrescarnos la memoria queremos mencionar tres tiempos importantes de la historia que antecedió a la formación de la APDHB, porque recordar esos momentos históricos resulta por sí misma un homenaje a todos aquellos hombres y mujeres que en su lucha por la vida enarbolaron las banderas de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En su momento las organizaciones que antecedieron a nuestra APDHB fueron: 1. COMITÉ NACIONAL DE DEFENSA DE LOS DERECHOS HU